Legal Opinion

In re Oyóla Torres

Supreme Court of Puerto Rico

Decided April 21, 2016No. Número: TS-15,833PublishedCited by 16 opinions

1Per curiam

Nuevamente nos vemos obligados a ejercer nuestra facultad disciplinaria en contra de un miembro de la profesión jurídica que ha incumplido con los requisitos de la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN) y no ha acatado las órdenes de este Tribunal.

En atención a la inobservancia de los preceptos antes establecidos, suspendemos al Ledo. Edgardo José Oyóla Torres (licenciado Oyóla Torres) de forma inmediata e indefinida de la abogacía y la notaría.

HH

El licenciado Oyóla Torres fue admitido al ejercicio de la abogacía el 31 de enero de 2006 y a la notaría el 24 de marzo del mismo año. El 12 de…

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