Dávila Nieves v. Meléndez Marín
Supreme Court of Puerto Rico
1Opinion of the Court
La Jueza Asociada Señora Fiol Matta
emitió la opinión del Tribunal.
Una de las normas más conocidas en nuestro ordena-miento jurídico es que los tribunales apelativos no inter-vendremos con la apreciación de la prueba, la adjudicación de credibilidad y las determinaciones de hechos que reali-zan los tribunales de instancia, a menos que se demuestre que el juzgador actuó movido por pasión, prejuicio o par-cialidad o que incurrió en error manifiesto. Sin embargo, nuestra jurisprudencia, aunque menciona estos conceptos *754continuamente, se ha centrado en precisar las característi-cas del error…
2Cases cited41 opinions
- Honda Motor Co. v. ObergSupreme Court of the United States · 1994
- Trinidad García v. ChadeSupreme Court of Puerto Rico · 2001
- Comisión para los Asuntos de la Mujer ex rel. A.I.A.R. v. Giménez MuñozSupreme Court of Puerto Rico · 1980
- Pueblo v. Maisonave RodríguezSupreme Court of Puerto Rico · 1991
- Rivera Pérez v. Cruz CorchadoSupreme Court of Puerto Rico · 1987
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