El Vocero de Puerto Rico v. Hernández Agosto
Supreme Court of Puerto Rico
1Opinion of the Court
RESOLUCIÓN
Vista cuidadosamente la solicitud de mandamus del pe-ticionario, El Vocero de Puerto Rico, el Tribunal no encuen-tra justificado el ejercicio de nuestra jurisdicción original.
El peticionario invoca nuestra jurisdicción original ba-sándose en la urgencia del remedio solicitado, “en vista de la proximidad de las primarias a celebrarse el domingo 31 de mayo de 1992” y “del derecho constitucional al voto in-formado que tiene la ciudadanía de Puerto Rico”. Solicitud de mandamus, pág. 7. Resulta, sin embargo, que práctica-mente todos los demandados ya han presentado su particular estado…
2Cases cited4 opinions
- Dávila v. Superintendente General de EleccionesSupreme Court of Puerto Rico · 1960
- Partido Popular v. GallardoSupreme Court of Puerto Rico · 1940
- Prensa Insular de Puerto Rico, Inc. v. CorderoSupreme Court of Puerto Rico · 1947
- Municipio de Quebradillas v. Secretario EjecutivoSupreme Court of Puerto Rico · 1919
3Cited by3 opinions
- Díaz Saldaña v. Acevedo ViláSupreme Court of Puerto Rico · 2006
- El Vocero de Puerto Rico v. Comisión Estatal de EleccionesSupreme Court of Puerto Rico · 1992
- Hon. Díaz Saldaña v. Hon. Acevedo Vilá Y OtrosSupreme Court of Puerto Rico · 2006