Legal Opinion

El Vocero de Puerto Rico v. Hernández Agosto

Supreme Court of Puerto Rico

Decided May 20, 1992No. Número: MD-92-9PublishedCited by 3 opinions

1Opinion of the Court

RESOLUCIÓN

Vista cuidadosamente la solicitud de mandamus del pe-ticionario, El Vocero de Puerto Rico, el Tribunal no encuen-tra justificado el ejercicio de nuestra jurisdicción original.

El peticionario invoca nuestra jurisdicción original ba-sándose en la urgencia del remedio solicitado, “en vista de la proximidad de las primarias a celebrarse el domingo 31 de mayo de 1992” y “del derecho constitucional al voto in-formado que tiene la ciudadanía de Puerto Rico”. Solicitud de mandamus, pág. 7. Resulta, sin embargo, que práctica-mente todos los demandados ya han presentado su particular estado…

2Cases cited4 opinions

  1. Dávila v. Superintendente General de EleccionesSupreme Court of Puerto Rico · 1960
  2. Partido Popular v. GallardoSupreme Court of Puerto Rico · 1940
  3. Prensa Insular de Puerto Rico, Inc. v. CorderoSupreme Court of Puerto Rico · 1947
  4. Municipio de Quebradillas v. Secretario EjecutivoSupreme Court of Puerto Rico · 1919

3Cited by3 opinions

  1. Díaz Saldaña v. Acevedo ViláSupreme Court of Puerto Rico · 2006
  2. El Vocero de Puerto Rico v. Comisión Estatal de EleccionesSupreme Court of Puerto Rico · 1992
  3. Hon. Díaz Saldaña v. Hon. Acevedo Vilá Y OtrosSupreme Court of Puerto Rico · 2006

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