Legal Opinion · Dissent

Pueblo v. Galí Febus

Supreme Court of Puerto Rico

Decided August 18, 1973No. Número: CR-71-98Published

1Dissent

Opinión disidente del Juez Asociado Señor Rigau con la cual concurren los Jueces Asociados Señores Dávila y Torres Rigual;

San Juan, Puerto Rico, a 13 de agosto de 1973.

Con todo respeto para otros criterios, me veo obligado a disentir. He leído la transcripción de evidencia y estoy conven-cido, como lo estuvo el juez de instancia, de que el apelante condujo o hizo funcionar un vehículo de motor mientras estaba bajo los efectos de bebidas embriagantes.(1) Eso es todo lo que exige el estatuto. En lo pertinente dice el mismo: “Será ilegal que cualquier persona bajo los efectos de bebidas *566embriagan…

2Cases cited2 opinions

  1. Pueblo v. Díaz TorresSupreme Court of Puerto Rico · 1963
  2. Pueblo v. Vázquez BrunoSupreme Court of Puerto Rico · 1966

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