López Rivera v. Santos Burgos
Supreme Court of Puerto Rico
1Per curiam
(Regla 50)
En el caso de autos, el 14 de julio de 1995 la parte de-mandada solicitó ante el Tribunal de Circuito de Apelacio-nes la revisión del dictamen del tribunal de instancia. Luego, el 8 de septiembre de ese año, presentó ante el foro a quo su proyecto de exposición narrativa de la prueba para que ese foro lo aprobara; lo notificó a la parte apelada, y mediante una moción al respecto, le informó al Tribunal de Circuito de Apelaciones sobre dicho trámite.
El 21 de marzo de 1996, el Tribunal de Primera Instan-cia emitió una orden, en la cual le concedió 10 días a los abogados de las demás…
2Cases cited5 opinions
- Dávila Mundo v. Hospital San Miguel, Inc.Supreme Court of Puerto Rico · 1986
- Maldonado Ortiz v. Soltero HarringtonSupreme Court of Puerto Rico · 1982
- Echevarría Jiménez v. Sucesión de Pérez MeriSupreme Court of Puerto Rico · 1989
- Santos v. Municipio de ComeríoSupreme Court of Puerto Rico · 1996
- Banco Popular de Puerto Rico v. Pellicier FigueroaSupreme Court of Puerto Rico · 1996
3Cited by23 opinions
- Arriaga Rivera v. Fondo del Seguro del EstadoSupreme Court of Puerto Rico · 1998
- Sociedad de Gananciales v. García RoblesSupreme Court of Puerto Rico · 1997
- Salinas v. Alonso EstradaSupreme Court of Puerto Rico · 2003
- Pueblo v. Colón CanalesSupreme Court of Puerto Rico · 2000
- Rivera Santiago v. Municipio de GuaynaboSupreme Court of Puerto Rico · 2001
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