Legal Opinion

Nones v. Trigo

Supreme Court of Puerto Rico

Decided July 31, 1936No. Núm. 7104PublishedCited by 1 opinion

1Opinion of the Court

El Juez Asociado Señor Wole,

emitió la opinión del tribunal.

El demandante se quejó de que se abrieran ventanas en la-pared de la casa de su vecino que estaba situada a menos-de dos metros de distancia de la línea divisoria, con vistas rectas sobre la propiedad del demandante. Sostenía que esto *539era contrario a las disposiciones del artículo 518 del Código Civil (edición de 1930) que lee como signe:

“Artículo 518. No se puede abrir ventanas con vistas rectas, ni balcones u otros voladizos semejantes, sobre la finca del vecino, si no bay dos metros de distancia, entre la pared en que se construyan…

2Cases cited1 opinion

  1. Reyes v. AlvarezSupreme Court of Puerto Rico · 1929

3Cited by1 opinion

  1. Nones v. TrigoSupreme Court of Puerto Rico · 1939

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