Legal Opinion
Nones v. Trigo
Supreme Court of Puerto Rico
Decided July 31, 1936No. Núm. 7104PublishedCited by 1 opinion
1Opinion of the Court
El Juez Asociado Señor Wole,
emitió la opinión del tribunal.
El demandante se quejó de que se abrieran ventanas en la-pared de la casa de su vecino que estaba situada a menos-de dos metros de distancia de la línea divisoria, con vistas rectas sobre la propiedad del demandante. Sostenía que esto *539era contrario a las disposiciones del artículo 518 del Código Civil (edición de 1930) que lee como signe:
“Artículo 518. No se puede abrir ventanas con vistas rectas, ni balcones u otros voladizos semejantes, sobre la finca del vecino, si no bay dos metros de distancia, entre la pared en que se construyan…
2Cases cited1 opinion
- Reyes v. AlvarezSupreme Court of Puerto Rico · 1929
3Cited by1 opinion
- Nones v. TrigoSupreme Court of Puerto Rico · 1939