González Llanos v. Delgado
Supreme Court of Puerto Rico
1Per curiam
El día 7 de septiembre de 1951 el Tribunal Tutelar de Menores declaró niño delincuente al peticionario apelante José B. González Llanos, quien para dicha fecha contaba catorce años y medio de edad. En 8 de noviembre siguiente se ordenó su ingreso en la Escuela Industrial Insular para Jóvenes hasta que cumpliese diecinueve años, a menos que antes se le pusiera en libertad condicional o de-finitiva, y se dispuso que podría permanecer en dicha insti-tución hasta la mayoría de edad si así lo creía conveniente el director de la referida escuela.
Cuando ya había cumplido dieciocho años de edad, el…
2Cases cited1 opinion
- Pueblo v. Andújar BatísSupreme Court of Puerto Rico · 1958
3Cited by1 opinion
- Merced v. DelgadoSupreme Court of Puerto Rico · 1963