In re Robles Calderón
Supreme Court of Puerto Rico
1Per curiam
El 4 de septiembre de 1992 suspendimos temporalmente del ejercicio de la abogacía a la Leda. Clara Robles Calderón por haber desatendido nuestra orden de comparecer a la Oficina del Procurador General con rela-ción a una investigación disciplinaria de una queja presen-tada en su contra por el Sr. Raúl Rodríguez Albino.
El 28 de diciembre de 1995 la reinstalamos provisional-mente y condicionada al resultado de la investigación de la queja Núm. AB-93-19, que se encontraba pendiente en esos momentos. Esta queja fue archivada el 15 de noviembre de 1996.
El 18 de marzo de 1998 el Procurador General…
2Cited by1 opinion
- In re Corujo CollazoSupreme Court of Puerto Rico · 1999