In re Méndez Marrero
Supreme Court of Puerto Rico
1Per curiam
Nuevamente nos vemos forzados a suspender a un abogado por su incumplimiento con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC).
I
El Ledo. José Raúl Méndez Marrero fue admitido al ejercicio de la abogacía el 5 de septiembre de 1975.(1) En el *9242009, el PEJC envió al abogado un Aviso de Incumplimiento mediante el cual le concedió 60 días para que tomara los cursos de educación jurídica continua que adeudaba a la fecha. Dos años más tarde, ante la ausencia de una res-puesta, el PEJC cursó al licenciado Méndez Marrero una citación para una vista informal. La carta se envió al…
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