Pueblo v. Delgado
Supreme Court of Puerto Rico
1Opinion of the Court
El Juez Asociado Se. Hutchison,
emitió la opinión del tribunal.
El artículo 137 del Código Penal prescribe que “Toda persona que voluntariamente resistiere, demorare, o estor-bare a cualquier funcionario público en el cumplimiento de alguna de las obligaciones de su cargo, o al tratar de cum-plirla, siempre que no hubiere otra pena señalada, incurrirá en multa máxima de cinco mil (5,000) dollars y cárcel por un término máximo de un año.”
El apelante fué declarado culpable del delito así definido, y condenado a pagar una multa de veinte dólares, y costas y a cumplir cinco días de cárcel. La…
2Cited by3 opinions
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