Legal Opinion · Dissent

Pueblo v. Ruiz Torres

Supreme Court of Puerto Rico

Decided December 18, 1990No. Número: CE-88-748Published

1Dissent

Opinión disidente del

Juez Asociado Señor Negrón García.

hH

El 27 de febrero de 1967, en el Tribunal Superior, Sala de Ponce, un Jurado encontró culpable a Elizardo Ruiz Torres por el delito de robo. El Hon. Juez Edwin Meléndez Grillasca lo sentenció a una pena de reclusión de uno (1) a tres (3) años. Inconforme, apeló por conducto del Ledo. Héctor M. Martínez Colón. El 21 de abril de 1971 confirmamos. Pueblo v. Ruiz Torres, 99 D.P.R. 830 (1971), opinión per curiam. La transcripción de evidencia elevada en aquel momento revela la suficiencia de la prueba en que se fundó su convicción. Además,…

2Cases cited3 opinions

  1. Correa Negrón v. PuebloSupreme Court of Puerto Rico · 1975
  2. Pueblo v. Ruiz TorresSupreme Court of Puerto Rico · 1971
  3. Pueblo v. González BarretoSupreme Court of Puerto Rico · 1977

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