In re Anglade
Supreme Court of Puerto Rico
1Per curiam
El notario Pedro E. Anglade trasladó su oficina notarial de Arecibo a San Juan en el año 1947 y pos-teriormente de esta última ciudad a la de Río Piedras. ■ De acuerdo con un informe rendido por el fiscal de este Tribunal y de dos certificaciones expedidas, una por la secretaria del antiguo Tribunal de Distrito de Puerto Rico, Sección de San Juan, en julio 22 de 1952, y otra por el secretario del Tribunal Superior, Sala de Arecibo, en 19 de agosto del mismo año, dicho notario no remitió sus índices notariales a las secretarías de los referidos tribunales desde el año 1947. En 10 de septiembre…
2Cited by2 opinions
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