In re González Feliciano
Supreme Court of Puerto Rico
1Per curiam
El 30 de junio de 2000, mediante una ex-tensa y detallada resolución, censuramos “enérgicamente por su dejadez, indiferencia y falta de diligencia” al Ledo. Luis Noel González Feliciano. Además, le apercibimos que en el futuro, “conducta de este género conlleva[ría] su sus-pensión de la abogacía”. Finalmente, le concedimos un tér-mino de treinta (30) días para que nos informara el resul-tado final del caso judicial relacionado con la queja en su contra y le indicamos que nuestra resolución surtiría “efec-tos al serle notificada por correo a su dirección en el expediente”.
El licenciado…
2Cases cited3 opinions
- In re Guemárez SantiagoSupreme Court of Puerto Rico · 1998
- In re Capestany RodríguezSupreme Court of Puerto Rico · 1999
- In re Torees ZayasSupreme Court of Puerto Rico · 1998
3Cited by1 opinion
- In re Laborde FreyreSupreme Court of Puerto Rico · 2001