In re Hernández Biascoechea
Supreme Court of Puerto Rico
1Per curiam
En virtud del poder inherente de este Tribunal para reglamentar la práctica de la abogacía, estamos obligados a garantizar que quienes ejercen la profesión es-tén mentalmente aptos para realizar sus labores de forma competente y diligente. Ante tal ineludible compromiso, no hemos vacilado en implantar medidas para garantizar el *465desempeño de los abogados y abogadas que comparecen ante nos.
Hoy atendemos la situación de una abogada que admite y acompaña evidencia médica acreditativa de que enfrenta una condición mental, la cual le impide el ejercicio cabal y adecuado de las funciones propias de…
2Cases cited2 opinions
- In re Gutiérrez SantiagoSupreme Court of Puerto Rico · 2010
- In re Costa del MoralSupreme Court of Puerto Rico · 2005
3Cited by1 opinion
- In re Mercado MontenegroSupreme Court of Puerto Rico · 2016